RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0104 – 2020 – MINAGRI

Descargar Resolución AQUÍ

SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la Transferencia de Recursos del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura –Administración Central, hasta por la suma de S/ 440 000 000,00 (Cuatrocientos Cuarenta Millones y 00/100 Soles) a favor del Fondo AGROPERÚ, para constituir garantías para coberturas de riesgo crediticio y otorgamiento de financiamientos directos a favor de los pequeños productores agrarios del país.

Artículo 2.- La transferencia de recursos autorizada en el artículo 1 precedente, se atiende con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI, Unidad Ejecutora 001-0155: Ministerio de Agricultura – Administración Central, Categoría Presupuestal 9002 Asignaciones Presupuestales que No Resultan en Productos, Producto 3999999 Sin Producto, Actividad 5000442: Apoyo a la Gestión Agropecuaria (hasta la suma de S/ 300 000 000;00), 5001067: Promoción de la Competitividad Agraria (hasta la suma de S/ 40 000 000,00); y, 5005814: Renovación de Cafetales (hasta la suma de S/ 100 000 000,00), de la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Cadena del Gasto 5.2.4.1.3.1.5 A Fondos Públicos.

Artículo 3.- La transferencia de recursos a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- La Dirección General Agrícola, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para las cuales se realiza la presente Transferencia de Recursos.

Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Viceministerio de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, a la Dirección General Agrícola; a la Oficina General de Administración: y, al Banco Agropecuario – AGROBANCO, para conocimiento y acciones administrativas que correspondan.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri).